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La CECE rechaza, por anticonstitucional, la medida de la Generalitat
de retirar los conciertos a los colegios que no son mixtos

La Confederación Española de Centros de Enseñanza, CECE, manifiesta su enérgico rechazo a la decisión del departamento de Enseñanza de la Generalitat de Cataluña de retirar el concierto a los centros que, sólo en su opinión "segreguen a los alumnos por razón de su sexo".

Desde la CECE, queremos recordar al consejero de Educación de Cataluña, Josep Bargalló, que los centros a los que se refiere ofrecen una educación diferenciada, lo que dista mucho de segregar por razón de sexo. Es más, cada vez son más numerosos los modelos pedagógicos que abogan por esta medida, tanto en España como en países europeos y americanos.

Por otro lado, en caso de aprobarse la medida que pretende la Generalitat, se incurriría en un grave atentado contra la Constitución que establece, en su artículo 27, el derecho a la elección de centro, el derecho a la creación de centros escolares y el derecho de la financiación pública de centros de iniciativa social.

No hay que olvidar tampoco que con esta actuación, se estaría atentando contra el derecho que tienen a elegir las familias de esos 18.000 alumnos a los que, según la Generalitat, afectaría esta norma y que han optado libremente por un modelo de educación diferenciado para sus hijos, según sean chicos o chicas. Tampoco hay que olvidar que con los impuestos de todos los ciudadanos se sufraga el servicio público que es la educación

Esta Confederación ya ha denunciado como en algunas comunidades se está intentando imponer sólo un tipo de enseñanza publica y laica, dejando de lado los deseos de muchas familias que apuestan por otro modelo de educación para sus hijos. Y esto lo corrobora el hecho de cada año son más los colegios concertados (mixtos o con enseñanza separada), de nuestro país que no pueden satisfacer todas las solicitudes de plazas que la sociedad española demanda.

Si la Generalitat no sabe salvaguardar los derechos de sus ciudadanos, la CECE advierte que recurrirá dicha medida hasta llegar, si ello fuera preciso, al Tribunal Constitucional.

En este sentido, la CECE ya obtuvo sentencia favorable de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, que se fundamenta en: "...el hecho de que en un centro docente se impartan enseñanzas sólo a niños o a niñas, no puede considerarse que suponga una discriminación por razón de sexo desde el momento en que los padres o tutores pueden elegir, dentro de un entorno gratuito de enseñanza, entre los diversos centros existentes en un determinado territorio"...


Madrid, 10 de febrero de 2004


Instituto de Técnicas Educativas
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