La CECE rechaza, por anticonstitucional,
la medida de la Generalitat
de retirar los conciertos a los colegios que no
son mixtos
La Confederación
Española de Centros de Enseñanza, CECE, manifiesta su enérgico
rechazo a la decisión del departamento de Enseñanza de la Generalitat
de Cataluña de retirar el concierto a los centros que, sólo en su
opinión "segreguen a los alumnos por razón de su sexo".
Desde
la CECE, queremos recordar al consejero de Educación de Cataluña,
Josep Bargalló, que los centros a los que se refiere ofrecen una educación
diferenciada, lo que dista mucho de segregar por razón de sexo. Es más,
cada vez son más numerosos los modelos pedagógicos que abogan por
esta medida, tanto en España como en países europeos y americanos.
Por
otro lado, en caso de aprobarse la medida que pretende la Generalitat, se incurriría
en un grave atentado contra la Constitución que establece, en su artículo
27, el derecho a la elección de centro, el derecho a la creación
de centros escolares y el derecho de la financiación pública de
centros de iniciativa social.
No
hay que olvidar tampoco que con esta actuación, se estaría atentando
contra el derecho que tienen a elegir las familias de esos 18.000 alumnos a los
que, según la Generalitat, afectaría esta norma y que han optado
libremente por un modelo de educación diferenciado para sus hijos, según
sean chicos o chicas. Tampoco hay que olvidar que con los impuestos de todos los
ciudadanos se sufraga el servicio público que es la educación
Esta
Confederación ya ha denunciado como en algunas comunidades se está
intentando imponer sólo un tipo de enseñanza publica y laica, dejando
de lado los deseos de muchas familias que apuestan por otro modelo de educación
para sus hijos. Y esto lo corrobora el hecho de cada año son más
los colegios concertados (mixtos o con enseñanza separada), de nuestro
país que no pueden satisfacer todas las solicitudes de plazas que la sociedad
española demanda.
Si
la Generalitat no sabe salvaguardar los derechos de sus ciudadanos, la CECE advierte
que recurrirá dicha medida hasta llegar, si ello fuera preciso, al Tribunal
Constitucional.
En este
sentido, la CECE ya obtuvo sentencia favorable de la Audiencia Nacional, Sala
de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, que se fundamenta en:
"...el hecho de que en un centro docente se impartan enseñanzas sólo
a niños o a niñas, no puede considerarse que suponga una discriminación
por razón de sexo desde el momento en que los padres o tutores pueden elegir,
dentro de un entorno gratuito de enseñanza, entre los diversos centros
existentes en un determinado territorio"...